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el montaje televisivo y los sistemas sociales

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Por Juan José Solis Delgado

 

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Fecha de publicación: 2 de abril de 2012

Dice el sociólogo alemán Niklas Luhmann, que los sistemas sociales son operativamente clausurados, esto quiere decir en palabras simples, que cada sistema de funciones de la sociedad tiene operaciones propias en su interior que no permiten la entrada de operaciones venidas de otros sistemas. Esta tesis causa una gran polémica, sobre todo si la trasladamos a lo que cotidianamente vemos en los medios de masas donde pareciera ser que constantemente son influidos por la política, el derecho, la ciencia o cualquier otro sistema social. Así, en más de una ocasión pensamos que las operaciones de uno u otro sistema tienen la capacidad de entrelazarse determinando el uno al otro.


En recientes semanas, los medios de masas mexicanos revivieron el caso de Florence Cassez, una ciudadana francesa acusada a 60 años de prisión por haber cometido el delito de secuestro, entre otros. El caso cobró relevancia, porque su defensa llevó la revisión del expediente hasta el máximo órgano de justicia mexicano, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, bajo el argumento de que la inculpada no tuvo un debido proceso, asistencia consular inmediata como está establecido en los tratados internacionales, además de haber sido violentado su principio de presunción de inocencia al exhibirla como culpable del delito de secuestro, cuando ni siquiera había sido puesta a disposición del Ministerio Público.


El ministro que presentó el caso, argumentó desde el inicio de su proyecto, que el montaje televisivo al que fue sometida la inculpada, mostraba una escenificación ajena a la realidad, por lo que las pruebas contra Cassez carecían de fiabilidad, ya que los testimonios de las víctimas y las declaraciones de los policías eran producto de una deformación de la realidad. Con ello, el ministro otorga al montaje televisivo determinación plena para influir en el sistema del derecho. Pero si nos atenemos a la tesis de Luhmann, estaríamos ante una contradicción, pues mientras el teórico afirma que no puede haber un cruce de operaciones entre sistemas por su condición de clausura, el ministro con su dictamen estaría diciendo lo contrario.


Reflexionemos. Si partimos de la lógica común, podríamos transitar sobre los siguientes supuestos:

a) Si Cassez no es secuestradora, el montaje sirvió para incriminar a una mujer inocente.

b) Si Cassez es culpable, el montaje impedirá que se le aplique la ley con severidad.

Estos dos supuestos (a y b) indican que el montaje televisivo determinó de manera fehaciente la acción de la justicia; pero eso no es del todo cierto. Realmente, la justicia toma únicamente lo relacionado a sus propias operaciones para establecer un criterio jurídico y actuar en consecuencia, porque si bien la escenificación ajena a la realidad influye en la opinión pública, esto no indica que el sistema del derecho lo considere como definitorio o determinante.


A pesar de la espectacularidad y la influencia mediática que provocó el montaje televisivo, éste sólo irrita desde el entorno a los sistemas de la política y del derecho; pero no determina sus operaciones, de tal manera que aún y cuando el ministro ponente comienza su dictamen haciendo una relatoría de los hechos televisados, la solución jurídica que presenta se basa en los tres elementos violentados que fueron, el debido proceso, la asistencia consular y la presunción de inocencia.


Los integrantes de la Corte no emitieron un solo pronunciamiento jurídico sobre si se deben o no producir montajes televisivos, esa decisión estaría en otro terreno, quizá en el de la política o en las propias operaciones autorreferentes de los medios de masas. Así, queda claro que la discusión y posterior resolución del amparo directo no se centró ni en la inocencia o culpabilidad de Cassez, o específicamente en los efectos corruptores del montaje televisivo; lo que discutieron fueron las actuaciones de funcionarios públicos y autoridades policiacas y judiciales.


Ahora bien, si concedemos entonces que lo ocurrido en los medios de masas no impactó en la resolución de la Corte, estaríamos absolviendo de culpa la actuación irresponsable de las televisoras. Por tanto, debemos distinguir lo siguiente, cuando decimos medios de masas nos estamos refiriendo al sistema de funciones de la sociedad (un sistema social), pero cuando decimos televisoras nos referimos a esas entidades con personalidad jurídica y legal que tienen como empresa distribuir información a través de sus dispositivos electrónicos; por lo que si bien un montaje televisivo no tiene incidencia en cuanto al sistema del derecho, sí lo tiene en cuanto a que irresponsablemente las televisoras informaron una mentira haciéndola pasar como un hecho real.


El derecho a la información del que gozamos todos los individuos fue corrompido por las televisoras que, a sabiendas de que era una escenificación ajena a la realidad, no dudaron en transmitir información falsa y mucho menos pensaron en las posibles consecuencias. Desde luego, este suceso despierta suspicacias al comparar escenificaciones similares, pues como los medios no apelan a la verdad sino a la realidad, nunca podremos saber qué tan cierta es la información que se presenta en las pantallas de televisión.


El deseo y la prisa que tienen los programas informativos por ganar la “exclusiva” o la “primicia” hacen que la realidad se ajuste o modifique a sus necesidades de espectacularidad, y justo ahí, es cuando los individuos perdemos la claridad para observar a los medios de masas como ese sistema de funciones que tienen operaciones propias y selectores que los hacen únicos, y terminamos confundidos al grado de que pensamos que la política se hace en los medios y los medios juzgan igual o peor que el sistema del derecho.

 


Juan José Solis Delgado
Licenciado en Comunicación Social por la UAM. Diplomado en creación literaria por la Universidad del Claustro de Sor Juana. Especialidad en Desarrollo de Habilidades Docentes por la Universidad Tecnológica de México y cursó la maestría en Comunicación en la Universidad Iberoamericana. Por más de 12 años ha trabajado como productor de radio. Ha sido docente en diversas instituciones de educación superior, actualmente imparte cursos en la Universidad Iberoamericana y en la Escuela de periodismo Carlos Septién García.

Twitter: @juanjosesolis
Facebook.com/JJSolisDelgado

 


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